ERE

Enseñanza Religiosa Evangélica

Es una asignatura que se puede solicitar en centros educativos públicos y concertados de España y que está incluida en la asignatura de Religión, junto con la Religión Judía o la Católica.

¿Cuales son algunas de sus características?

  1. Enseña los principios cristianos, es decir, es confesional.
  2. Es optativa, pero es a la vez un derecho de todos los padres y alumnos: debe ser ofrecida obligatoriamente en los colegios que tengan Acuerdo de Cooperación con el Estado Español.
  3. Puede ser impartida en todos los niveles educativos: desde Infantil hasta Bachillerato.
  4. El currículo o temario se va adapta a las necesidades e inquietudes de cada edad. A los más pequeños se les van enseñando los cimientos del Evangelio (Creación, Familia, quién es Jesús) y a los adolescentes se les ofrece material más profundo (como Ética cristiana o Historia de la Iglesia).

Legalidad

Esta asignatura halla cobertura legal en diversas Leyes:

  • La Constitución Española (1978) recoge el “derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.
  • La Ley Orgánica de Educación de 3/2020, cuyo Artículo 2, sobre la “Enseñanza de la religión”, establece que “la enseñanza de otras religiones se ajustará a lo dispuesto en los Acuerdos de Cooperación celebrados por el Estado Español con la FEREDE (…)”.
  • Los Acuerdos del Estado Español con la FEREDE (Ley 24/1992), en los que “se garantiza a los alumnos, a sus padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten, el ejercicio del derecho de los primeros a recibir enseñanza religiosa evangélica en los centros docentes públicos y privados concertados (…) en los niveles de educación infantil, educación primaria y educación secundaria.”
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¿Hay ERE en Navarra?

¡Sí! Y es impartida en los siguientes centros escolares:

  • CEIP José María de Huarte. Educación Primaria. Calle Virgen de Ujué, 2. C.P: 31011. Pamplona.
  • CEIP Mendillorri. Educación Primaria. Calle Martín de Zalba, 353. C.P: 31016. Pamplona.

¿Cómo se solicita?

1.    En el momento de la inscripción en el centro educativo o en el siguiente curso escolar, los padres deben seleccionar  la opción “religión evangélica” en la optativa de religión. Si el centro escolar no ofrece esta posibilidad, los padres pueden acudir a la dirección del centro para recordarle el derecho constitucional que les ampara. 

2.    Cuando haya 10 niños inscritos en esta optativa, se asignará un profesor con formación religiosa, teológica y pedagógica que imparta las clases. Es decir: puede ser que en tu centro educativo aún no se imparta esta asignatura, pero si se logra formar un grupo de al menos 10 alumnos que se inscriban, se asignaría desde la FEREDE un profesor (titulado en formación religiosa, teológica y pedagógica, y que se congrega activamente en una iglesia evangélica miembro de la FEREDE). 

3.    Se recomienda enviar una copia de la solicitud/inscripción realizada en el centro educativo y sellada por el mismo, al siguiente correo electrónico: info@cgere.es

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